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ChambaYa
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Ganaste la convocatoria: plazo para firmar, documentos y primeros días

Actualizado el 15 de octubre de 2026 · Guía de ChambaYa

Al terminar esta guía sabrás cuánto tiempo tienes para firmar el contrato, qué documentos alistar, cómo comprobar que te registraron en planilla y qué pasa si no firmas o renuncias.

Cómo se publican los resultados

Según el artículo 3 del reglamento del CAS (Decreto Supremo 075-2008-PCM), el resultado se publica en los mismos medios que la convocatoria, como una lista por orden de mérito con los nombres y puntajes.

  • Busca el resultado final, no el preliminar, y anota su fecha: desde el día siguiente corre tu plazo para firmar.
  • Revisa los comunicados de los días siguientes: ahí suelen indicar el lugar, la hora y los documentos para la firma.
  • Si no estás de acuerdo con tu puntaje, revisa cómo reclamar los resultados.

Tienes cinco días hábiles para firmar el contrato CAS

El reglamento del CAS da un plazo no mayor de cinco días hábiles para firmar el contrato, contados a partir del día siguiente de la publicación de los resultados. Según SERVIR, la fecha de inicio del contrato puede ser otra (Informe Técnico N.° 0430-2021-SERVIR-GPGSC).

Por ejemplo, si el resultado final sale un viernes y no hay feriados, el plazo corre de lunes a viernes de la semana siguiente. Si la entidad fija en un comunicado los días para presentarte, sigue esa indicación.

Si hoy trabajas en otra entidad del Estado, resuélvelo antes de firmar: la Ley Marco del Empleo Público (Ley 28175, artículo 3) prohíbe recibir del Estado más de un ingreso a la vez, salvo por función docente o dietas de un directorio. Desde la Ley 32145, la Constitución admite además un segundo empleo en salud para médicos y profesionales de la salud con especialidad, según los lineamientos del MINSA. Por eso hay entidades que piden tu carta de renuncia con sello de recepción y tu baja en el registro de planillas del MEF (AIRHSP).

Documentos que suelen pedir para firmar

Cada entidad publica su lista. Por ejemplo, para firmar los contratos de su proceso CAS N.° 002-2026, el Instituto Nacional de Rehabilitación pidió en físico, entre otros documentos:

TipoLo que pidió
Formatos de la entidadFicha única de datos, autorización para notificar por correo electrónico y compromiso de confidencialidad.
Declaraciones juradasDoble percepción, nepotismo, domicilio, asegurados y derechohabientes, y conocimiento del Código de Ética y de los reglamentos internos.
PensiónDatos del régimen pensionario y constancia de afiliación a una AFP o a la ONP.
Identidad y estudiosCopia fedateada del DNI, reportes de grados y títulos de SUNEDU o del MINEDU y la habilidad profesional en original.
SaludCertificado médico y certificado de salud mental de no más de tres meses, carnet de vacunación y grupo sanguíneo.
OtrosFotos, partidas de matrimonio o de nacimiento de hijos menores si corresponde, Certificado Único Laboral (CertiAdulto) y el expediente de postulación fedateado.

Otras piden menos: en 2025, la UGEL 05 pidió el currículum documentado en copia y original y la suspensión de retenciones de cuarta categoría si correspondía. Ten tus originales a mano y tramita primero lo que demora, como los certificados de salud o la constancia de tu colegio (revisa colegiatura y habilitación).

Las declaraciones juradas al ingresar

  • Nepotismo: la prohibición de la Ley 26771 se aplica a los contratos CAS.
  • Régimen pensionario: si no eres pensionista ni estás afiliado, afiliarte es obligatorio; si ya estás en una AFP o en la ONP, lo comunicas con una declaración jurada. Los descuentos están en sueldo CAS y descuentos.
  • Declaración jurada de intereses: solo si tu puesto está entre los obligados por la Ley 31227. La Contraloría te notifica, y se presenta en su sistema dentro de los 15 días hábiles de haber sido contratado.

Lo que declaras se toma por cierto, pero la entidad puede verificarlo después: si algo resulta falso, puedes perder el puesto y enfrentar acciones legales.

Comprueba que te registraron en la planilla

Según la SUNAT, el empleador debe darte de alta en el T-Registro (la parte de la planilla electrónica con los datos de cada trabajador) dentro de tu primer día de trabajo y entregarte la constancia de alta el día hábil siguiente. Para comprobarlo:

  1. Pide tu constancia de alta en recursos humanos.
  2. Consulta en el servicio del T-Registro en gob.pe si la entidad ya te declaró y si tus datos están completos.
  3. Si no apareces o hay un error, avísalo por escrito y guarda el cargo.

Inducción y período de prueba

Las entidades deben aplicar la «Guía para la Gestión del Proceso de Inducción» de SERVIR a todo servidor que entra a un puesto, sea cual sea su régimen. Recursos humanos la organiza en dos partes: una general, sobre el Estado, la entidad y sus normas internas, y otra sobre tu puesto (Informe Técnico N.° 111-2025-SERVIR-GPGSC).

RégimenPeríodo de prueba
CASTres meses (Decreto Legislativo 1057, artículo 10). Según SERVIR, la entidad puede terminar el contrato de quien no lo supera.
728Tres meses. Puede ampliarse por escrito hasta seis meses en puestos calificados o de confianza y hasta un año en los de dirección (artículo 10 del TUO del Decreto Legislativo 728).

Lee también tu contrato. La Ley 32563, de marzo de 2026, ordena el CAS en tres modalidades: a plazo indeterminado, a plazo determinado (suplencia o necesidad transitoria) y de confianza. Más detalle en qué es un contrato CAS.

Si no firmas a tiempo o si renuncias

  • Si no firmas dentro del plazo por causas que dependen de ti, la entidad declara seleccionada a la persona que sigue en el orden de mérito, que tiene el mismo plazo desde que la notifican. Si tampoco firma, la entidad puede llamar a la siguiente o declarar desierto el proceso.
  • Si algo ajeno a ti te impide firmar, como una enfermedad, comunícalo por escrito con su sustento antes de que venza el plazo y guarda el cargo. Si decides no aceptar, avísalo por escrito cuanto antes.
  • Si eres accesitario (el siguiente en el orden de mérito), ten tus documentos listos. SERVIR ha precisado que, para ser llamado, también debes haber alcanzado el puntaje mínimo aprobatorio de las bases.
  • Si ya firmaste y quieres irte, eso es una renuncia. En el CAS avisas por escrito con 30 días naturales de anticipación. La entidad puede exonerarte de ese plazo: si lo pides y no lo rechaza por escrito dentro del tercer día natural, se entiende aceptado. En el 728, el aviso también es de 30 días.

Fuentes